El TSJM ha estimado este viernes el recurso que planteó la Comunidad de Madrid contra el auto del juez de lo contencioso-administrativo (magistrado sustituto del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Madrid) que rechazó avalar las medidas recogidas en la Orden del 18 de agosto de la Consejería de Sanidad.
La orden del Gobierno regional madrileño por la que se prohibía fumar en espacios públicos sin la distancia de seguridad, suspender el ocio nocturno ni comer en el transporte público, entre otras medidas.
Otras comunidades autónomas han decidido medidas similares, por lo que lo sucedido en Madrid hacía temer el comienzo de una serie de anulaciones en cascada. Pero el asunto se presentó un recurso en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que hoy ha ratificado la legalidad de la orden de la Comunidad de Madrid.
Con la decisión del TSJ la Comunidad de Madrid tiene vía libre para aplicar todas las medidas que había previsto, y como ha dejado claro el consejero de Justicia, Interior y Víctimas, Enrique López en el vídeo superior, su efecto es «inmediato porque no hay que perder ni un minuto en proteger la salud pública».
«Estas medidas están adoptadas para proteger la salud pública, aunque supongan en algún caso algún tipo de limitación a algún derecho fundamental. Las administraciones estamos para generar seguridad y certidumbre frente a la confusión, por eso no es bueno generar confusión», afirmaba el consejero, «desde ningún tipo de Administración».
«Nos sentimos satisfechos por la claridad de la resolución que resuelve el auto que no había ratificado estas medidas. Lo que mueve a la Comunidad de Madrid en estos momentos es proteger la salud pública, y lo haremos siempre bajo el cumplimiento de la estricta legalidad y de la observancia de una prudencia exquisita, que es lo que ha animado a la actuación de la Comunidad en todo este periplo. Unas medidas que están en vigor desde este mismo momento», ha ratificado López.
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