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Desaparecen la mayoría de licencias urbanísticas en Alcalá con la nueva Ley del Suelo


El gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el proyecto de ley que, entre otras cuestiones, permitirá suprimir la mayoría de las licencias y liberalizar el sector urbanístico con el objetivo de impulsar y reactivar el tejido productivo dañado por el COVID-19.

En Alcalá de Henares, con la entrada en vigor de la modificación de la Ley Urbanística de la Comunidad de Madrid, los nuevos formularios oficiales están disponibles a partir del 4 de noviembre de 2020 en las secciones URBANISMO y SEDE ELECTRÓNICA de la página web del Ayuntamiento.

Principales novedades

Actos no sujetos a licencia urbanística, declaración responsable o comunicación

NO precisarán licencia urbanística, declaración responsable o comunicación, las obras o actuaciones urbanísticas de menor entidad consistentes en:

  • Sustitución de acabados interiores de una sola vivienda o local
  • Solados, alicatados, yesos y pinturas
  • Reparaciones puntuales de cubiertas, cornisas, salientes o vuelos
  • Reposición o renovación de instalaciones eléctricas o de aires acondicionados
  • Limpieza de solares u otras obras o actuaciones de análogas características.

Excepciones: Precisarán licencia urbanística cualquiera de las actuaciones anteriores cuando se realicen en edificios catalogados o cuando afecten a elementos objeto de protección.

Documentación a presentar:

Modelo cumplimentado de actos no sujetos a título habilitante.- Modelo de gestión de residuos – En caso de ser necesario, solicitud de ocupación de vía pública con contenedor.

Actos sometidos a declaración responsable

Además de los que estaban sometidos a este régimen anteriormente, a partir de ahora, se podrán presentar por Declaración Responsable:

  • La primera ocupación y funcionamiento de las edificaciones de nueva planta y de las casas prefabricadas, así como de los edificios e instalaciones en general
  • Las demoliciones de construcciones y edificaciones existentes, siempre que no dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico, ya sea total o de elementos o partes objeto de protección, regulada a través de norma legal o documento urbanístico
  • Los cambios del uso de edificios e instalaciones, en tanto, no tengan por objeto cambiar el uso característico del edificio.

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