La Asociación de Empresarios del Henares ha reunido al Director Territorial Jefe de Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, Javier Cerrolaza Aragón, con más de cien empresarios del Corredor del Henares para informar sobre el cumplimiento y sanción del “Registro de la Jornada Laboral de Trabajadores”, tras la entrada en vigor del RDL 8/2019.
La norma obliga a todos los empresarios a registrarlas horas de trabajo de todos sus trabajadores, al margen de categoría o grupo, siempre que se incluya en el ámbito de aplicación del artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores. A excepción de las relaciones laborales de carácter especial (Artículo 2.1 a del ET), y con régimen específico o particular. El incumplimiento de esta norma aprobada por decreto llegaría hasta los 6.200€.
Para informar sobre las implicaciones y sanciones la Dirección Territorial de Inspección de Trabajo ha indicado que el registro debe realizarse con una metodología lo menos manipulable posible para que no exista fraude, bien por parte del trabajador o de la empresa.
Un máximo de hasta 80 horas extras al año
Según Javier Cerrolaza “Es válido el registro real, no el ficticio en el que el trabajador entre y salga de su trabajo a la misma hora, ya que se presupone que el trabajador tiene permisos retribuidos o flexibilidad horaria”.
Por ley el empresario puede disponer del 10% de la jornada laboral del trabajador, siempre y cuando haya un preaviso al empleado de cinco días antes de su incorporación. Igualmente, el trabajador puede cumplir un máximo de hasta 80 horas extras al año, que podrán ser compensadas como máximo a los 4 meses siguientes de su realización, o bien retribuidas en el mismo mes.
Javier Cerrolaza, se ha dirigido a las empresas del Corredor del Henares que tienen contratados empleados en regímenes especiales, para aclararles que a día de hoy “es necesario que se defina a qué debemos llamar jornada de trabajo en todos los regímenes laborales posibles especiales o comunes. Para ello, es necesario revisar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores.
Sobre AEDHE
La Asociación de Empresarios del Henares (AEDH) es una patronal de carácter intersectorial cuya actividad se desarrolla en el Corredor del Henares. Se creó el 27 de septiembre de 1977 como una asociación sin ánimo de lucro. Por experiencia, servicios y asociados, se trata de la organización patronal de referencia en este espacio socioeconómico.
Los objetivos de las actuaciones de AEDHE, que forma parte de la patronal madrileña CEIM-CEOE, son los de defender y fomentar la actividad empresarial desde la plena independencia, tanto de otras organizaciones como de la administración; contribuir al desarrollo económico del Corredor del Henares mediante el desarrollo de iniciativas propias y la colaboración con otras entidades y atender las necesidades de información, formación e investigación de las empresas adheridas.
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