El pleno ordinario del Ayuntamiento de Alcalá de Henares celebrado el pasado martes aprobó, a propuesta del concejal de Transparencia, Innovación Tecnológica y Gobierno abierto, Miguel Castillejo, el dictamen de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones para la incorporación del Ayuntamiento a la Red de Entidades Locales por la Transparencia y Participación Ciudadana de la Federación Española de Municipios y Provincias y adhesión al Código de Buen Gobierno.
Castillejo explicó que la adhesión del. Ayuntamiento al Código de Buen Gobierno de la FEMP es “una herramienta para la introducción formal de la ética en su ámbito de actuación, siendo un indicador solicitado en los números de valoración del grado de Transparencia por los diferentes Portales Evaluadores.
El CBG de la FEMP, adaptado al actual marco normativo y a las demandas de la ciudadanía, tiene una estructura sencilla, apunta las líneas estratégicas para la adecuada gestión pública local desde la consideración del Buen Gobierno, y sienta las bases para el desarrollo posterior de cada una de ellas”.
El código se articula en torno a los siguientes ejes:
- Establecimiento de los principios del Buen Gobierno Local, a través de los cuales los sujetos destinatarios del CGB ajustarán la gestión de los intereses públicos y el desarrollo de la democracia participativa a la realización efectiva del Gobierno Abierto y sus principios de transparencia participación y colaboración ciudadana, como mínimo en los términos de la normativa vigente en cada momento, con una gestión orientada a la ciudadanía.
- Estándares de conducta para la mejora de la democracia local, puesto que el carácter democrático de las entidades locales exige su reflejo en la actuación por parte de sus miembros, que deben ajustar el desempeño de las responsabilidades públicas a las líneas de conducta que establece el CBG.
- Compromisos éticos en materia de conflicto de intereses, régimen de incompatibilidades y retribuciones en el desempeño de las responsabilidades públicas, conforme a su normativa reguladora.
- Principios éticos reguladores de las relaciones entre Gobierno y Administración, o lo que es lo mismo entre cargos electos y empleados públicos, que deben ajustarse a la normativa existente en materia de transparencia y empleo público, entre otros, con respeto a la Constitución y el resto de normas que integran el ordenamiento jurídico.
- Adopción de medidas para la mejora de la democracia participativa basadas en el principio de proximidad en el ámbito local, que instrumenten las vías y cauces que hagan posible la máxima participación de la ciudadanía; incluyendo la regulación de un marco para la participación ciudadana 2.0 que adapte la administración al entorno cambiante, contemplando el uso de las tecnologías sociales como herramienta de mejora de la participación ciudadana.
El concejal de Transparencia hizo hincapié en que garantizar el cumplimiento de sus objetivos y la adecuada ejecución de los principios recogidos en el código “exige la responsabilidad de la organización política y administrativa de este Excelentísimo Ayuntamiento, con inclusión de sus organismos y entidades, así como la incorporación a su ordenamiento jurídico y la adopción de las medidas necesarias para garantizar su adecuada difusión y conocimiento, en especial por la ciudadanía, agentes sociales, económicos y culturales”.
Asimismo, la incorporación del Ayuntamiento a la Red de Entidades Locales por la Transparencia (RED de EELL) y la Participación Ciudadana de la FEMP, supone compartir enfoques, recursos, así como la promoción de la innovación y mejora permanente de la relación entre los gobiernos locales y los ciudadanos bajo los principios del Gobierno Abierto, y mediante el intercambio de experiencias, el aprendizaje permanente, trabajando en red y desarrollando proyectos.
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