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Certificado de empadronamiento en Alcalá para trámites urgentes con o sin firma digital


Los ciudadanos empadronados en Alcalá de Henares que precisen la obtención de su certificado de empadronamiento para tramitar la moratoria de deuda hipotecaria, moratoria o ayudas de la renta arrendaticia de la vivienda habitual, la percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad, o para otros supuestos de carácter urgente debidamente acreditados,  pueden solicitarlo ya de forma telemática al Ayuntamiento, bien a través de su sede electrónica (si se tiene certificado digital) o por medio del correo electrónico estadisticapadron@ayto-alcaladehenares.es (en caso de no poseer certificado digital).

La dirección de la sede electrónica para la obtención del certificado/volante de empadronamiento es https://sede.ayto-alcaladehenares.es/web/guest/volante-de-empadronamiento (sólo volante individual)

Si no se tiene certificado digital, la solicitud se puede hacer a través del correo estadisticapadron@ayto-alcaladehenares.es. En la solicitud deberán constar los siguientes datos:

  • Nombre, apellidos y D.N.I./Pasaporte/NIE del solicitante
  • Tipo de certificado (individual o colectivo)
  • Motivo para el que lo solicita
  • Teléfono de contacto
  • Adjuntar copia/foto/imagen digitalizada del D.N.I./Pasaporte/NIE (En caso de certificado/volante colectivo, deberá adjuntarse imagen del documento de identidad de todos los mayores de edad que residan en la vivienda. En el caso de que residan menores de edad, copia del certificado de nacimiento o libro de familia).
  • Documento firmado por todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio, autorizando  al solicitante a pedir el certificado colectivo en el que figuran sus datos personales.

    El certificado se enviará a la dirección de correo electrónico desde la que se haya realizado la solicitud.

Presentación de una Declaración Responsable ante la imposibilidad de aportar algún documento requerido a la solicitud de moratorias

Se recuerda que de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo,  si el solicitante de la moratoria  no pudiese aportar alguno de los documentos requeridos (entre los que se encuentra el certificado de empadronamiento- art.6.2-letras a) a d)  y art. 17.2- letras a) a e) podrá sustituirlo mediante DECLARACION RESPONSABLE que incluya la justificación expresa de los motivos, relacionados con las consecuencias de la crisis del COVID-19, que le impiden tal aportación. Tras la finalización del estado de alarma y sus prórrogas dispondrá del plazo de un mes para la aportación de los documentos que no hubiese facilitado.

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