El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha decidido recuperar la libertad horaria en todos los ámbitos económicos y sociales de nuestra región a partir del próximo lunes 20 de septiembre, tal y como adelantó la presidenta Isabel Díaz Ayuso este pasado lunes. Igualmente, se aumentarán los aforos en los distintos sectores ante la favorable situación epidemiológica del covid y de vacunación.
Así lo ha explicado el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, tras la reunión del Consejo de Gobierno celebrada en la Real Casa de Correos.
La tendencia descendente de la infección se está consolidando, situándose la Incidencia Acumulada (IA) a 7 días, a día de hoy, en los 44,5 casos por 100.000 habitantes y a 14 días en los 113 casos por 100.000 habitantes. En los últimos 15 días el número de casos ha descendido en un 56%. Además, la cobertura de vacunación con pauta completa en la población diana superará el 85% también esta semana.
Teniendo en cuenta esta situación, el Gobierno autonómico ha aprobado cambios en la regulación de distintos sectores que serán publicados mediante una Orden de la Consejería de Sanidad esta semana, para su publicación en el Boletín Oficialde la Comunidad de Madrid, y que entrarán en vigor el próximo lunes, 20 de septiembre.
Esta actualización de las medidas tendrá siempre en cuenta que se mantiene el uso obligatorio de mascarillas en espacios interiores (salvo en el momento de la consumición); que se debe guardar una distancia de 1,5 metros de seguridad interpersonal; mantener una ventilación adecuada en interiores; y el control de la calidad del aire mediante medidores de CO2. Para ello, se van a establecer medidas efectivas en coordinación con los distintos sectores con el objetivo de controlar la calidad del aire y alcanzar el 100% del aforo en los espacios interiores.
Hostelería, restauración y ocio nocturno
La hostelería y la restauración recuperan la libertad horaria, de acuerdo con la normativa municipal, con una ocupación en el exterior del 100% y aumentando de 8 a 10 las personas los comensales por mesa en terraza. En el interior se pasa del 50% al 75% del aforo y se mantiene un máximo de 6 personas por mesa,siempre con una distancia de 1,5 metros entre sillas de grupos de mesas y sin consumo en barra.
También se recupera la libertad horaria en el ocio nocturno, salvo regulaciones municipales. El aforo interior pasa del 50% al 75% y el aforo exterior del 75% al 100% con 6 personas por mesa en el interior y 10 en el exterior. Se mantiene la limitación de uso de la pista de baile y de la barra.
Los salones de banquetes, parques de atracciones, zoos, casinos y locales de apuestas aumentan su aforo al 75%.
Actividades culturales
El aforo permitido en actividades culturales y espectáculos se aumenta del 75% al 100%. En teatros, auditorios y espacios similares el consumo de bebidas y comidas solo estará permitido en los lugares especialmente establecidos para ello, fuera de la sala durante la representación, al estar el aforo al 100% y no poder garantizarse la ventilación adecuada. Los cines y circos de carpa se mantienen al 75% del aforo con consumo de bebida y comida, como hasta ahora, o al 100% en el caso de que opten por no tener consumo de bebida y comida.
En museos, salas de exposiciones y monumentos se aumenta el aforo del 75% al 100% y se amplían los grupos a 20 personas. También se sube del 75% al 100% en bibliotecas y archivos y se mantiene la obligación de guardar una distancia de 1,5 metros.
En las plazas de toros y espacios multiusos polivalentes, como el WiZink Center, el aforo aumenta del 50% al 75% y se mantiene la obligación de que el público esté sentado.
Instalaciones deportivas
Las instalaciones deportivas, tanto de interior como de exterior, tendrán libertad horaria y se mantiene un aforo interior del 75%. Además, se permite no usar mascarilla durante la competición deportiva al aire libre tanto en grupo como individual.
Aún así la modificación del punto 5 del apartado cuadragésimo séptimo del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid apunta a la necesidad de una prueba diagnóstica anteior a la competición:
En los entrenamientos y competiciones federadas, tanto al aire libre como en instalaciones deportivas de interior, se podrá exceptuar el uso de la mascarilla exclusivamente para los deportistas que participan en las mismas y durante el tiempo en que se encuentren participando, siempre que se adopten medidas de prevención y la realización de una prueba diagnóstica de infección activa del SARS-CoV-2 con un máximo de cuarenta y ocho horas previas al entrenamiento o competición»
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