Las bases para participar en el Mercado Cervantino 2018 de Alcalá de Henares se elaboran con el fin de regular los requisitos técnicos, económicos y administrativos que deben cumplir las personas empadronadas en el municipio de Alcalá de Henares o que dispongan de un establecimiento en el mismo para participaren el Mercado Cervantino 2018.
Fecha de entrega de la documentación:
Fecha: del jueves 30 de agosto al jueves 6 de septiembre del 2018 (ambos incluidos), de 9:00 a 14:00 h.
Lugar: Registro General del Excmo. Ayto. de Alcalá de Henares dirigido al Área de Turismo y Eventos (Calle San Juan, s/n)
Documentación necesaria para participar en el proceso de selección:
- Solicitud de participación debidamente cumplimentada y firmada aceptando la normativa del Mercado. (Se adjunta al final del presente documento)
- Fotocopia DNI/CIF del solicitante.
- Certificado de empadronamiento en Alcalá de Henares del titular de la petición con una antigüedad mínima del 1 de enero de 2018 o bien Licencia de apertura de establecimiento o equivalente en el municipio.
- Declaración responsable, de acuerdo con el modelo incluido en el Anexo I, certificando que se van a cumplir todos los requisitos marcados en las presentes bases
- Declaración responsable relativa a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la administración, de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la seguridad social y con el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Anexo II.
- Declaración responsable de Manipulación de Alimentos, Anexo III.
Una vez presentada esta documentación se establece un plazo de subsanación de la misma los días viernes 7, lunes 10 de septiembre, (Para lo cual se requiere número de teléfono y/o correo electrónico de contacto inmediato). La documentación será revisada por una comisión de valoración formada por: 1.- Jefe del Servicio de Turismo y Eventos, 2.- Ingeniera Industrial Municipal, 3.- Inspección Sanitaria, 4.- departamento de producción de Turismo y 5.- departamento de producción de Cultura.
Una vez aprobado el listado de solicitantes admitidos en JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, tendrán el compromiso de entregar ANTES DEL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2018 la documentación que a continuación se detalla en la Concejalía de Turismo (C/ San Juan s/n) como condición indispensable para habilitar el puesto durante el MERCADO y condicionado al cumplimiento en su totalidad del contenido de estas bases, no existiendo limitación en el número de puestos aceptados siempre que cumplan las condiciones anteriormente mencionadas:
- Justificante de pago de la Tasa Municipal, cuya carta de pago será recogida en la Concejalía de Hacienda. El importe será calculado en función de la situación, la superficie ocupada y los días de acuerdo con las Ordenanzas Municipales vigentes.
- Justificante de depósito, en Intervención Municipal, de fianza para hacer frente a posibles daños. El importe de la misma es de 300 € para puestos de restauración y 150 € para puestos de artesanía.
- Seguro de responsabilidad civil sin franquicia en vigor y recibo de estar al corriente de pago en las fechas de celebración del Mercado, en la cuantía de 150.000 € en el caso de restauradores.
- Seguro de responsabilidad civil en vigor y recibo de estar al corriente de pago en las fechas de celebración del Mercado, en la cuantía de 50.000€ en el caso de artesanos.
- Si la parada cuenta con instalación de gas, aportará certificado de revisión en vigor de la instalación.
- Las paradas de restauración y aquellas con potencia instalada superior a 5 Kw deberán disponer de Certificado de Instalación Eléctrica de Baja Tensión (Boletín Eléctrico), sellado por instalador autorizado y visado por empresa de control autorizada.
- Se limitará el uso de planchas eléctricas, freidoras y hornos.
- En el caso de que la parada cuente con fuentes de calor, aportará certificando de resistencia al fuego del textil (mínimo M2) y certificado de material del suelo (no inferior a Efl)
LA AUTORIZACIÓN NO SERÁ DEFINITIVA MIENTRAS NO SE PRESENTE LA DOCUMENTACIÓN ANTERIORMENTE SEÑALADA
Documentación que se ha de tener en la parada durante la celebración del Mercado Cervantino
- Fotocopia del Justificante de pago de la Tasa Municipal.
- Fotocopia del Justificante de depósito de fianza.
- Hojas de reclamaciones.
- Certificado de formación de los Manipuladores de alimentos o declaración responsable firmada.
- Todas las paradas deben contar con certificado de estabilidad de la estructura.
- Las paradas de restauración y aquellas con potencia instalada superior a 5 Kw deberán disponer de Hoja de Ruta Eléctrica debidamente cumplimentada y sellada por empresa de control autorizada, en la que se indique que la instalación es para el municipio de Alcalá de Henares y los días correspondientes al montaje en el Mercado Cervantino.
- Copia de la declaración responsable, en la que se certifica que se van a cumplir todos los requisitos marcados en las presentes bases.
ESTA DOCUMENTACIÓN SERÁ REQUERIDA POR LOS SERVICIOS MUNICIPALES DURANTE LA CELEBRACIÓN DEL MERCADO
Precios
- La tasa por ocupación de la vía pública viene regulada por la Ordenanza Fiscal n°17 de 2018 » Reguladora de la tasa por instalación en la vía publica de quioscos, industrias callejeras y ambulantes así como quioscos y postes publicitarios, casetas, oficinas prefabricados y similares»
- La fianza para hacer frente a posibles daños se fija en 300 € para puestos de restauración y 150 € para puestos de artesanía.
- En relación con el consumo de agua cada titular deberá contratarlo directamente con la empresa Aguas de Alcalá, sita en Vía Complutense, n° Teléfono de atención al cliente: 900 81 09 74.
Normas del Mercado Cervantino de Alcalá de Henares 2018
Los artesanos y restauradores que participan en el Mercado Cervantino de Alcalá son elegidos mediante una rigurosa selección, teniendo en cuenta el producto a vender o exponer, vestuario, decoración, implicación en el espectáculo del mercado y profesionalidad de los peticionarios.
Los hosteleros que tengan al menos un año de antigüedad mantendrán el lugar asignado en el Mercado Cervantino 2017. Las vacantes restantes se asignaran por orden de presentación de la solicitud de participación.
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares se reserva el derecho de admitir o rechazar aquellas instalaciones que incumplan la normativa reguladora de la actividad, que no considere aptas para el Mercado, o que no se ajusten al diseño del mismo.
Para que el mercado tenga un equilibrio y una fluidez que permita al público asistente moverse y comprar con comodidad, se distribuirá a los artesanos en función de los productos de sus puestos y teniendo en cuenta las dimensiones de las plazas y calles, medidas de seguridad, evacuación…
Así mismo para permitir la circulación fluida, los puestos tendrán unas medidas máximas establecidas y comunicadas en estas normas teniendo en cuenta (siempre que sea posible) la petición de los artesanos y restauradores y la ubicación adjudicada. Estas medidas máximas serán de obligado cumplimiento, no pudiendo invadir las zonas de tránsito con ningún elemento.
La distribución de los puestos que hará la empresa adjudicataria será inalterable sean cuales sean las circunstancias, incluso condiciones meteorológicas, en que se desarrolle el mercado.
Horarios de apertura durante la celebración del mercado
Los horarios de apertura y cierre del mercado serán:
- LUNES 8 de octubre: 18:00 a 02:00 horas
- MARTES 9 de octubre: 11:00 a 23:00 horas
- MIÉRCOLES 10 de octubre: 11:00 a 23:00 horas
- JUEVES 11 de octubre: 11:00 a 02:00 horas
- VIERNES 12 de octubre: 11:00 a 02:00 horas
- SÁBADO 13 de octubre: 11:00 a 02:00 horas
- DOMINGO 14 de octubre: 11:00 a 23.00 horas
Horarios de carga/ descarga durante la celebración del mercado
Los horarios de carga/ descarga de los productos se podrá realizar a partir de la hora de cierre del Mercado (siempre que la policía local considere que puede acceder a la zona del Mercado) a 10:00 horas de la mañana del día siguiente.
Limpieza vías públicas durante la celebración del mercado
El Ayuntamiento de Alcalá de Henares se encargará de la limpieza de las calles, plazas y vías públicas utilizadas en el Mercado Cervantino. Durante la celebración de este evento el servicio de limpieza accederá a la zona del Mercado a partir de las 06:00 horas de la mañana, para ello se ruega a todos los artesanos / restauradores que posibiliten el acceso retirando toldos, objetos, mobiliarios que obstaculicen el buen desarrollo de este servicio municipal.
Medidas puestos artesanos y restauración
Las medidas máximas de los puestos para participaren el mercado serán:
- Artesanos: Medidas fijas fondo: 2 metros
Medidas máxima ancho: 3 metros - Restauradores: Medidas máxima de ancho: 6 metros
Medidas fijas de fondo: 4 metros (Incluyendo planchas externas y mesas de terraza)
Normas generales
- Los artesanos no podrán variar la mercancía objeto de venta bajo ningún concepto sin previa autorización de la organizació
- Los horarios establecidos, así como la ubicación del puesto o incluso el lugar de aparcamiento serán de obligado cumplimiento.
- Si por causas de fuerza mayor o cualquier otra no imputable a la organización no fuera posible su realización, los organizadores declinan cualquier responsabilidad por los gastos realizados por el mercader.
- La empresa adjudicataria de la Ocupación de Vía Pública establecerá un sistema de vigilancia nocturna a modo de prevenció Sin embargo los artesanos deberán asegurar su mercancía, si lo estiman oportuno.
- En el caso de que en la caseta se trabaje con fuego, debe contar como mínimo con dos extintores. Los extintores serán de 6 kg de polvo polivalente ABC, homologados, en perfecto estado de mantenimiento y utilización, accesibles y libres de objetos y obstá
- Las fuentes de calor estarán protegidas y aisladas frente a los visitantes.
- Queda terminantemente prohibido unir puestos, así como tapar alcantarillas e hidrantes.
- Queda terminantemente prohibida la instalación de maquinas expendedoras de refrescos, cervezas y todo tipo de bebidas alcohólicas independientemente de su graduación, tabaco, comida o similares.
- Queda prohibida la instalación de puestos de piercing, tatuajes, micropigmentación, adorno corporal con henna y similares.
- De acuerdo con la Ley 5/2002 sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos, queda terminantemente prohibida la venta, despacho y el suministro, gratuitos o no, de bebidas alcohólicas a los menores de dieciocho añ El incumplimiento de esta Ley se tipifica como falta muy grave y podrá dar lugar a la retirada de la autorización de la instalación.
- De acuerdo con en el Art. 4 del Real Decreto 137/1993 de 29 de Enero, queda prohibida la venta de armas como son los puñales de cualquier clase, las navajas automáticas, de mariposa y en general cualquier instrumento especialmente peligroso para la integridad física de las personas. Al margen de la sanción correspondiente, la Policía Local decomisará este material si es detectado en sus inspecciones.
- De acuerdo con la Ley 5/2002 sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictívos y más recientemente la Ley 28/2005 del 26/12/05, queda terminantemente prohibida la venta, expedición y el suministro de tabaco, así como productos destinados a ser fumados, inhalados, chupados o masticados constituidos total o parcialmente por tabaco ni tampoco productos que lo imiten o que introduzcan el hábito de fumar y sean nocivos para la salud, a los menores de dieciocho añ
- De conformidad con la Ley 28/2005 citada, queda terminantemente prohibido fumar y permitir fumar productos del tabaco en los recintos, locales, y actividades señaladas en el artículo 7o de la misma, según la prohibición general del artículo 6o y en virtud de las definiciones previstas en el artículo 2o, en especial apartado 2o, de la mencionada Norma.
- Queda terminantemente prohibida la venta ambulante en todo el Recinto del Mercado, pudiendo proceder el Ayuntamiento al desalojo de los vendedores y decomisar los artículos expuestos para la venta.
- Todas las instalaciones deberán reunir las condiciones legales establecidas en la legislación vigente y en los apartados anteriores.
- En las actividades de restauración y/o alimentación, tanto las instalaciones como el personal, deben cumplir con la normativa vigente en cuanto a sanidad, seguridad e higiene.
- Se deberán cumplir en todo momento las Ordenanzas y Leyes que sean de aplicación en este tipo de actividades, como por ejemplo las Ordenanzas de Policía y Buen Gobierno, la de Limpieza Viaria y Residuos Urbanos la de Protección del Arbolado y la Ley 8/2005 de 26 de diciembre de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
- Los adjudicatarios tienen la obligación de controlar el volumen de sus equipos de música (altavoces, bailes…) limitando el uso de los mismos a lo establecido en la Ordenanza Medioambiental de Alcalá de Todas las instalaciones orientarán sus bafles y altavoces hacia el interior, controlando antes de empezar a funcionar que el sonido no invada a los negocios colindantes. En todo momento las autoridades y agentes de la misma que realizarán tareas o actividades de inspección y comprobación podrán requerir a los titulares la aminoración o eliminación transitoria del nivel de ruidos emitidos para realizar adecuadamente dichas actuaciones.
- Los mercaderes estarán debidamente acreditados por la Organización, para lo que deberán aportar a la misma, toda la documentación detallada en estas bases.
Obligaciones específicas para los puestos de restauración
- En el caso de que se dispensen alimentos sin envasar, el puesto dispondrá de toma de agua potable conectada a la red de abastecimiento y desagüe conectado a la red de saneamiento, como mínimo, un lavamanos para la correcta higiene de los manipuladores así como para la correcta manipulación de alimentos.
- En el caso de puestos con alimentos pero que no precisen procesado posterior, únicamente corte para separar en porciones, pesado, etc (como encurtidos, dulces y empanadas, quesos y embutidos), se podrá sustituir la conexión a la red de abastecimiento con un bidón de agua potable, provisto de grifo, vaciado y rellenado diariamente con agua procedente de la red de abastecimiento.
- El suelo de la zona de elaboración, almacenaje y exposición de alimentos será de fácil limpieza y no se dispondrán los alimentos y bebidas directamente sobre el suelo.
- Dispondrán de capacidad de frío suficiente para la conservación y exposición de los alimentos que requieran temperatura controlada.
- Las salsas, cremas y pasteles serán conservadas «EN FRÍO» y se servirán como muy tarde a las 24 horas de su preparación.
- Los alimentos perecederos deberán conservarse «EN FRÍO» hasta su utilización, así como aquellos que lo indique el fabricante.
- En ningún caso se podrán utilizar huevos ni mayonesa casera.
- Está terminantemente prohibida la reutilización de la comida elaborada de un día para otro.
- Está terminantemente prohibido recongelar los productos descongelados parcialmente o ya descongelados.
- Queda prohibido tener alimentos sin proteger, ni al alcance del público, cuando no se encuentren envasados, siendo obligatorio el uso de vitrinas.
- Los alimentos expuestos se encontrarán cubiertos con el fin de evitar su contaminació
- Los materiales en contacto con los alimentos (platos, vasos, cubiertos…) serán de un solo uso o la parada dispondrá de lavavajillas para la correcta desinfección de los mismos.
- Está terminantemente prohibido fumar, comer, beber, o masticar chicle durante el trabajo o la manipulación, estornudar o toser sobre los alimentos y bebidas.
- El uniforme de trabajo deberá estar en correcto estado de limpieza. Adicionalmente, dispondrá de protector para el cabello en las zonas de elaboración de alimentos.
- Deberá lavarse las manos con agua y jabón apropiado tantas veces como lo requieran las condiciones de trabajo y siempre antes de incorporarse a su puesto, después de una ausencia, y haber realizado actividades ajenas a su cometido especí
- Los utensilios e instrumentos utilizados en la manipulación, preparación y servicio de los alimentos deberán ser higienizados con la regularidad suficiente con el fin de evitar contaminaciones.
- Los productos de limpieza se almacenarán separadamente de los alimentos para evitar confusiones y accidentes.
- Los puestos de berenjenas encurtidas, deberán disponer de tinajas con tapadera, situadas a una altura mínima de 30 cm del suelo, y disponer de vitrina que impida el contacto del público con el género comercializado.
- Así mismo las instalaciones, manipuladores y alimentos deberán cumplir con la normativa vigente, fundamentalmente en higiene alimentaria, haciendo especial hincapié en la manipulación y trasformación de los mismos de manera adecuada. Además se garantizará la correcta formación en manipulación de alimentos de los trabajadores, debiendo presentar los correspondientes carnets de manipulador.
Montaje y desmontaje para todos los puestos
- En todo momento los trabajos de montaje, funcionamiento y desmontaje cumplirán con lo indicado en la normativa de aplicación de Prevención de Riesgos Laborales, de acuerdo con la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
- La convocatoria de lugar, fecha y hora para iniciar el montaje será fijado por la organización, que habrán de respetarse rigurosamente, y que se comunicarán los días previos al inicio del montaje. BAJO NINGÚN CONCEPTO SE PODRÁ IR AL LUGAR DE MONTAJE POR INICIATIVA PROPIA.
- La descarga de material será ágil, primero se descargará todo el material en el lugar de ubicación del puesto, se llevará el vehículo al lugar de aparcamiento y posteriormente se realizará el montaje del puesto. NO SE PODRÁ TENER EL VEHÍCULO ESTACIONADO EN EL MERCADO DURANTE EL MONTAJE DEL PUESTO.
- En el montaje, desmontaje y período de actividad no se dañará o perjudicará en forma alguna las zonas verdes, el arbolado, ni el mobiliario, ni podrán tampoco ser utilizados como anclaje de ningún tipo, ni podrán ser tapados ni total ni parcialmente por ninguna estructura o elemento de los puestos. Durante todo el mercado (incluyendo los días de montaje y desmontaje) está prohibido ubicar material alguno (barriles, telas, estructuras, productos a vender, etc.) en los alcorques del arbolado, ni en ninguna otra zona ajardinada.
- No se podrá realizar poda de ramas o realizar fracturas o cortes en las mismas. Se tendrá en cuanta todo lo indicado en la Ordenanza de Protección del Arbolado del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y en la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la CAM.
- No se dañarán sistemas radiculares o cepellones de árboles ni el sistema de riego automático que presenten.
- No se efectuarán rodadas por el paso de vehículos ni en zonas ajardinadas ni en pavimentos.
- No podrán realizarse taladros para anclaje en pavimentos, columnas, pilares, elementos del mobiliario, etc., ni podrán ser afectados en forma alguna por los puestos.
- Si para la instalación de los puestos hubiera que mover alguna jardinera de su ubicación actual, deberá hacerse previa solicitud al Servicio técnico de zonas Verdes y bajo su supervisió
- En la Plaza de Palacio, la fuente no puede ser utilizada como elemento sustentante, ni cubierta, ni usada como barra de bar, ni como anclaje.
- Solo los solicitantes de puestos de restauración podrán ubicar planchas en el mismo, y en la hoja de inscripción debe de comunicarse.
- La hora máxima de recogida de materiales durante el desmontaje (estructuras de carpas, barriles, etc.) en todo MERCADO será el DOMINGO 14 de octubre a las 06.00 am.
Limpieza
- Los titulares de los puestos deberán adoptar las medidas necesarias para evitar la suciedad en la vía pública, tal y como se establece en el Art. 14 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Residuos Urbanos, instalando los medios necesarios para que no caigan líquidos o grasas en el pavimento y colocando papeleras en las zonas en las que el público asistente vaya a consumir algún producto.
- Los titulares de los puestos se harán cargo de la limpieza de la zona de influencia de la actividad (y vaciado periódico de papeleras) otra limpieza tras la finalización de la actividad diaria y una más intensa tras el desmontaje, de forma que no suponga un perjuicio a la organización diaria de los Servicios de Limpieza Municipales, tal y como dispone la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Residuos Urbanos. Así mismo velarán porque no se viertan residuos sólidos u orgánicos a los imbornales o desagües, para evitar olores.
- Queda terminantemente prohibido el depósito de residuos o desperdicios fuera de los espacios y recipientes habilitados para tal funció
- Igualmente debe evitarse que grasas y aceites caigan directamente sobre el pavimento o suelo, por lo que se hace necesaria la instalación de un suelo de limpieza fácil incluso en la zona de consumo de Tampoco podrán verterse al alcantarillado, de acuerdo con la Ley de Vertidos de la Comunidad de Madrid. Bajo las zonas en que se aplique calor el material será ignifugo.
- No podrán verterse, depositarse o arrojarse sustancia u objeto alguno, ni aceites usados u otros líquidos, en los alcorques del arbolado, ni en ninguna otra zona ajardinada, terriza o pavimentada. La gestión de aceites se realizará con la empresa autorizada por el Ayuntamiento.
Estética
- Todos los mercaderes deben ¡r adecuadamente vestidos, y el vestuario ha de corresponder a la época en que se enmarca este Mercado, con una gama de colores tierra-ocre-verde, y adaptarse por lo que respecta a su calidad, y a la mercancía objeto de la venta.
- No se pueden llevar joyas ni relojes, ni hacer uso del móvil dentro del puesto y de cara al pú
- No se pueden utilizar balanzas, excepto las «romanas» a no ser que estén debidamente tapadas o disfrazadas para que no se vea ningún material que no sea adecuado para la fiesta. La utilización de la calculadora no esta permitida.
- Los objetos metálicos como por ejemplo las tapas metálicas de los botes de vidrio deberás ser cubiertas con tela de saco.
- No se podrán usar bolsas de plástico; son aconsejables las bolsas de papel o tela.
- Las mercancías estarán en el suelo o sobre una mesa convenientemente ordenada. No se podrán ver las estructuras metálicas ni otros materiales modernos, habrá que taparlas con ropa de saco, ramas de árbol, pieles, etc.
- La música ambiental será de estilo medieval o similar.
Información al público
- Los adjudicatarios deberán ser especialmente escrupulosos en ofrecer una cuidada y eficiente información de sus servicios al público.
- Los precios de los distintos productos, servicios y atracciones se encontrarán siempre a la vista del público.
- Todas las actividades deberán contar con hojas de reclamaciones a disposición de los clientes.
- En todas las instalaciones en las que se venda o facilite de cualquier manera o forma bebidas alcohólicas se informará de que la Ley prohíbe su adquisición y consumo por los menores de dieciocho años, así como la venta, suministro o dispensación a los mismos. Esta Información se realizará mediante anuncios o carteles de carácter permanente, fijados en forma visible en el mismo punto de expedición.
Aparcamiento
- Los vehículos de los artesanos no podrán permanecer dentro del mercado a excepción del horario establecido para carga y descarga.
Más información
Nota importante: toda la información aquí incluida ha sido extractada del documento oficial Requisitos de Participación en el Mercado Cervantino 2018 (ver enlace superior), publicado por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares con fecha 15 de junio de 2018, y se ofrece como recurso informativo para nuestros lectores. Declinamos cualquier responsabilidad por la exactitud de su contenido. Ante cualquier duda puedes remitirte al documento citado o ponerte en contacto con el Área de Turismo y Eventos (Calle San Juan, s/n) del Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Teléfonos: 91 888 33 00 Ext: 6272- 6271, o por correo: cturismo@ayto-alcaladehenares.es.
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