Comparecencia del viceconsejero de Salud Pública y Plan COVID-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas, donde las autoridades sanitarias anuncian la puesta en marcha de nuevas medidas enfocadas para evitar aglomeraciones y concentraciones de personas en la Comunidad de Madrid.
En este sentido, el gobierno regional ha acordado la suspensión de cualquier acto para celebrar las campanadas de Nochevieja en plazas o vías públicas de la región y sólo se podrá organizar cabalgatas de Reyes en recintos acotados, con el público sentado y aforos reducidos.
La Dirección General de Salud Pública ha tomado estas decisiones con el objetivo de evitar concentraciones en las calles de los municipios madrileños que puedan favorecer la transmisión del coronavirus.
“Pedimos a los madrileños que no realicen desplazamientos innecesarios y sobre todo que eviten las aglomeraciones”, ha subrayado el viceconsejero antes de adelantar que “el sábado 5 de diciembre se publicará una orden específica en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con medidas excepcionales y temporales que se prolongarán hasta el día 7 de enero.
Nuevas medidas de la Comunidad de Madrid
- Los Ayuntamientos deberán adoptar medidas de control de aforo en aquellas vías o espacios públicos en los que se prevea una alta afluencia de personas
- No se podrán organizar actos para celebrar las 12 campanadas de fin de año en plazas o vías públicas
- Se suspende, provisionalmente, la concesión de nuevas autorizaciones para la celebración de actividades recreativas que requieran autorización de la Comunidad y los Ayuntamientos
- Las cabalgatas de Reyes y los conciertos navideños en la vía pública solo podrán realizarse en recintos acotados, con el público asistente sentado y no se podrá superar el 50% del aforo.
- La entrega de cartas por parte de los niños a los Reyes Magos y Papá Noel, pajes y acompañantes se tendrán que organizar con las medidas de distancia y seguridad en un espacio acotado y con un aforo del 50%.
- Las exposiciones de Belenes y Belenes Vivientes solo se podrán realizar en recintos acotados, sin superar el 50% de su aforo y garantizando el respeto a la distancia mínima de seguridad.
- Los mercadillos que desarrollen su actividad en la vía pública al aire libre reducirán su aforo al 50% durante este periodo.
- Los titulares de los alojamientos de turismo rural o viviendas de uso turístico serán responsables del cumplimiento en sus establecimientos de las medidas de prevención establecidas por las autoridades sanitarias. Así como de la vigilancia del cumplimiento de limitaciones en cuanto a la agrupación de personas.
Por último, Zapatero ha incluido que “en cuanto a la práctica de deportes de invierno, en concreto el esquí, al ser una actividad al aire libre, si se mantienen los controles de acceso, la distancia de seguridad y las medidas recomendadas para la hostelería, no hay impedimento para la práctica del esquí en las estaciones de invierno de la Comunidad de Madrid”.
¿Podremos juntar a la familia en Navidad?
Sobre la celebración de eventos familiares en Navidad, en cuanto al cierre perimetral de todas las comunidades autónomas del 23 de diciembre al 6 de enero, Zapatero ha recordado que “la postura de la Comunidad de Madrid es contraria a su puesta en marcha”.
Por tanto, además de la regulación de estas actividades, la Comunidad de Madrid desarrollará en los próximos días con rango normativo regional el acuerdo sobre el plan de Navidad dictado el pasado miércoles por el Ministerio de Sanidad en el ámbito del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Las medidas del Ministerio de Sanidad recogen la limitación de entrada y salida de las comunidades autónomas entre el 23 de diciembre y el 6 de enero:
- La limitación de reuniones a un máximo de 10 personas de hasta dos grupos de convivientes los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 de enero, fechas a las que la Comunidad de Madrid añadirá el Día de Reyes para permitir esas reuniones.
- Restricción de la movilidad nocturna entre las 01:30 horas y las 06:00 horas de los días 25 de diciembre y 1 de enero, es decir, en Nochebuena y Nochevieja.
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