Dream AlcaláNoticiasÚltimos días para votar por correo en las elecciones del 4M

Últimos días para votar por correo en las elecciones del 4M


El sábado 1 de mayo, hasta las 14 horas, último día para entregar en las oficinas de la Comunidad de Madrid el voto por correo. En las oficinas del resto de España, el último día para hacerlo es el viernes 30 de abril.

En la página elecciones.comunidad.madrid podrás informarte de los procedimientos que se deben seguir para votar de manera presencial, votar por correo, votar desde el extranjero o en el caso de que se presente algún tipo de discapacidad visual. 

Asimismo, a través de este portal te facilitarán las recomendaciones para hacer frente al Covid19 y que las elecciones sean seguras. 

El día de las elecciones se podrán seguir en este espacio y en tiempo real los avances de participación, el escrutinio y los resultados electorales.

Las fechas para solicitar el voto por correo son del 11 de marzo al 24 de abril.

¿Quién puede votar por correo?

En las elecciones del próximo día 4 de mayo de 2021, pueden votar por correo los electores que en la fecha de la votación no vayan a estar en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho al voto.

También pueden votar por correo los electores que, por enfermedad o incapacidad física no pueden personarse en el lugar de votación.

Una vez hecha la solicitud del voto por correo, no se puede votar presencialmente.

¿Cómo se vota por correo?

Para reducir el número de desplazamientos, se puede solicitar el voto por correo de forma telemática. No obstante, esta posibilidad no impide que los electores puedan realizar esta petición de voto presencialmente en las oficinas de Correos.

También se ha abierto, como se explica más adelante, la posibilidad de que el elector pueda entregar su voto al personal de Correos en el mismo momento en el que se le hace entrega en su domicilio de la documentación para votar por correo. Esto le evitará tener que acudir a las oficinas de Correos personalmente para realizar el trámite del envío del voto.

En el caso de que se vaya a acudir a una oficina física de Correos, tanto para solicitar como para enviar el voto, se recomienda solicitar cita previa online para ser atendido y evitar esperas innecesarias. 
 

NOVEDAD: Solicitud telemática del voto por correo

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal para realizar esta gestión. 

Para poder hacerlo, y evitar así desplazamientos y contacto social, el interesado debe disponer de uno de los certificados digitales aceptados, o bien del DNI electrónico y tener instalado en su ordenador AutoFirma.

Solicitud en las oficinas del voto por correo 

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España . Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la realización personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, existe la opción de solicitar cita previa, a través de la app, de la web de Correos o de la Oficina Virtual. 

Para ello, tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convenga.

Recepción del voto por correo

Una vez solicitado el voto por correo, ya sea de forma telemática o presencial, la Delegación de la Oficina del Censo Electoral enviará por correo certificado al domicilio indicado en la solicitud del voto por correo la siguiente documentación:

  • Certificado de inscripción en el censo electoral.
  • Sobre dirigido al Sr. Presidente de la Mesa Electoral correspondiente.
  • Sobre con el membrete «Elecciones a la Asamblea de Madrid – 4 de mayo de 2021».
  • Una papeleta de cada una de las candidaturas proclamadas a la Asamblea de Madrid.
  • Una hoja de instrucciones.

Recibida esta documentación, se introducirá la papeleta de la candidatura elegida en el sobre de votación con el membrete: «Elecciones a la Asamblea de Madrid 4 de mayo de 2021». En el sobre dirigido al Sr. Presidente de la Mesa Electoral habrá de incluirse:

  • El certificado de inscripción en el censo electoral.
  • El sobre de votación con el membrete «Elecciones a la Asamblea de Madrid 4 de mayo de 2021».

La recepción de la documentación electoral remitida por la oficina del Censo Electoral debe hacerse personalmente, de acuerdo con el artículo 73.2 de la LOREG

El personal de Correos deberá comprobar la identidad del elector mediante la exhibición del DNI o cualquier otro documento oficial acreditativo de su identidad, debiendo anotar el número de dicho documento, dando fe de esa recepción personal, sin que en consecuencia sea imprescindible que el elector firme personalmente la entrega.  

NOVEDAD: Envío del voto por correo

Para enviar el voto por correo se puede acudir personalmente a la oficina de Correos (se recomienda solicitar cita previa) o entregar el voto al personal de Correos en el momento en el que acude al domicilio del elector para hacerle entrega de la documentación electoral.

En este supuesto, sin menoscabo del requisito del secreto del voto, el personal de Correos puede plantear al elector que le entregue los sobres electorales cumplimentados a cambio de un justificante acreditativo del depósito de su voto, evitándole tener que acudir posteriormente a una oficina de Correos. Todo ello sin perjuicio del derecho del elector a no entregar su voto en ese momento y a hacerlo después, dentro de los plazos legales, en una oficina de correos. 

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